Empezar como manicurista autónoma: Hacienda, Seguridad Social, local, seguro e higiene, paso a paso
Has hecho los cursos, tienes amigas que ya te piden cita y un rincón de casa o una cabina en mente. Antes del primer set cobrado hay dos altas y unas cuantas comprobaciones locales. Ninguna es difícil, pero hacerlas en orden te ahorra recargos y sustos.
Esta guía no sustituye a un asesor. Te sirve para llegar a tu primera reunión con él sabiendo qué preguntar.
1. Alta en Hacienda: el modelo 036
Lo primero es la declaración censal de alta en Hacienda. Si has leído guías antiguas, verás que hablan del modelo 037, la versión simplificada: la Orden HAC/1526/2024, publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, lo suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Hoy el alta, las modificaciones y la baja se hacen con el modelo 036.
- La actividad que vas a ejercer y su epígrafe del IAE.
- La fecha de inicio y la dirección donde trabajas.
- Cómo tributas en el IVA y en el IRPF (estimación directa o, si tu actividad lo permite, módulos).
- Todo esto se decide mejor con tu asesor antes de presentarlo que corrigiéndolo después.
2. El epígrafe del IAE
El epígrafe identifica tu actividad ante Hacienda. La Agencia Tributaria recoge el epígrafe 972.2, “Salones e institutos de belleza”, entre las actividades que pueden tributar por módulos. Su nota aclara que el rendimiento incluye la venta al por menor de cosmética y belleza solo si se limita a los productos necesarios para continuar los tratamientos hechos en el salón: un aceite de cutículas para casa, sí; una tienda de esmaltes, ya es otra cosa. Confirma con tu asesor que es el epígrafe que corresponde a tu caso, sobre todo si combinas uñas con otros servicios.
3. Alta en la Seguridad Social (RETA)
Como autónoma cotizas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos según tus rendimientos netos. Partiendo de lo que prevés ganar al mes, eliges una base de cotización dentro del tramo que te corresponde, y al cerrar el año la Seguridad Social regulariza con tus rendimientos reales. En 2026 puedes cambiar la base hasta seis veces: con efectos el 1 de marzo, el 1 de mayo, el 1 de julio, el 1 de septiembre y el 1 de noviembre de 2026, y el 1 de enero de 2027.
Si empiezas con ingresos bajos, te interesan los tramos de la tabla reducida de 2026, que publica la Seguridad Social:
| Tramo (tabla reducida 2026) | Rendimientos netos al mes | Base mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|
| 1 | Rendimientos netos al mes: Hasta 670 € | Base mínima: 653,59 € | Base máxima: 718,94 € |
| 2 | Rendimientos netos al mes: Más de 670 € y hasta 900 € | Base mínima: 718,95 € | Base máxima: 900 € |
| 3 | Rendimientos netos al mes: Más de 900 € y menos de 1.166,70 € | Base mínima: 849,67 € | Base máxima: 1.166,70 € |
Como nueva autónoma tienes además una cuota reducida durante los doce meses naturales completos siguientes al alta, en los que no cotizas por cese de actividad ni por formación profesional. Puede ampliarse otros doce meses si tus rendimientos anuales previstos quedan por debajo del salario mínimo interprofesional; si al final los superas, te reclamarán las cuotas que dejaste de pagar ese año. Para las altas de 2023 a 2025 la Seguridad Social fijó esa cuota en 80 € al mes; para 2026, comprueba la cuantía vigente en su web o con tu asesor antes de darte de alta.
4. El local: licencia o declaración responsable
Abrir un espacio en el que atiendes al público suele necesitar un título municipal: una licencia de actividad o una declaración responsable, según el ayuntamiento y la actividad. Pregunta en el tuyo antes de firmar un alquiler, no después.
- En casa: muchos municipios limitan las actividades abiertas al público en viviendas, y los estatutos de tu comunidad de vecinos también pueden hacerlo. Consúltalo antes de invertir en la mesa y la lámpara.
- En una cabina dentro de otro centro: comprueba que la licencia del centro cubre tu actividad y deja por escrito qué paga cada una. Tú sigues siendo autónoma con tu propia alta.
- A domicilio: no necesitas local, pero sí organizar bien desplazamientos, material y zona de trabajo.
5. Seguro e higiene
Un seguro de responsabilidad civil cubre los daños que puedas causar a una clienta en tu trabajo, como una reacción o una lesión. Pregunta si el seguro del local o del centro donde trabajas ya te incluye; si no, contrata el tuyo y lee qué excluye.
- Esteriliza el instrumental de metal entre clientas y usa limas y pulidores de un solo uso o de uso individual.
- Ventila bien: el polvo del limado y los vapores de los productos se acumulan en una cabina pequeña.
- Evita el contacto del gel o del acrílico sin curar con la piel, tuya y de tu clienta: las alergias a los acrilatos, como el HEMA, aparecen con la exposición repetida.
- Compra a proveedores fiables, con etiquetado completo y en castellano.
- Las normas higiénico-sanitarias de estos centros dependen de cada comunidad autónoma: consulta las de la tuya.
6. Tus facturas, con un programa que cumpla
Vas a necesitar un sistema para emitir tus facturas. Los programas de facturación tienen que adaptarse al reglamento conocido como VeriFactu. Según la Agencia Tributaria, tras el Real Decreto-ley 15/2025 el plazo es antes del 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto, entre ellos las autónomas que tributan por el IRPF. Elige el programa con tu asesor y confirma con él las fechas que te aplican. Cómo poner precio a tus servicios con el IVA
Dónde ayuda Slotora, y dónde no
Slotora te da desde el primer día una página de reservas gratis para compartir con tus clientas, con señal o pago por adelantado online a tu propia cuenta de Stripe (0 % de comisión nuestra; Stripe cobra su tarifa) y recordatorios por correo electrónico. En la ficha de cada clienta guardas su ficha de uñas y su línea de alergia al HEMA. No emitimos facturas: esas las haces con tu programa de facturación. 0 € al mes. Cómo aparecer en Google Maps
